Ir al contenido principal

Prohibicion de la discriminacion



Todos los individuos mexicanos por ley gozan de todos los derechos que la constitución predispone por lo tanto  está prohibida toda discriminación motivada por el origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Prohibición de procesar mediante leyes privativas y tribunales especiales

Por leyes privativas se entienden que son leyes que están designadas solamente a una sola persona y que después de ser aplicadas a esta misma desaparecen  Y por su parte los tribunales especiales son los que han sido creados con un objetivo o por un solo caso y deja de existir cuando este termine o se resuelva

Prohibición de Fueros

En el articulo 13 constitucional esta estipulado que ninguna persona puede tener fuero ni gozar de prerrogativas salvo los que sean servidores públicos. Esta garantía consagra las demás garantías como son  que nadie puede ser juzgado por tribunales especiales ni por leyes privativas