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Mostrando entradas de mayo, 2017

8. Suspensión de garantias

8.1 Análisis del articulo 29 constitucional: Art 29 Menciona que los casos de invacion perturbación grave de la paz publica o de cualquier otro tipo que ponga en grave peligro a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el presidente de los estados unidos mexicanos, de acuerdo a la procuraduria general de la república y con la aprobación del congreso de la unión.

8.2 Procedimientos para suspensión

Primero el presidente de los estados unidos mexicanos, inicia el procedimientos y en su momento decreto la suspensión de garantías a los titulares de los órganos indicados de la administración publica federal centralizado, se les faculta para para acordar con el ejecutivo.

8.4 Efectos de suspensión

Del procedimiento previsto en el articulo 29 constitucional transcrito con anterioridad, se puede desprender los siguientes efectos: a) La suspensión de garantías propiamente dicha: b) La autorización al ejecutivo federal para ejercer facultades extraordinarias

7.2 Concepto

Son aquellos preceptos constitucionales que regulan los principios, procedimientos e instituciones. Son aquellos que protegen los derechos e intereses de grupos sociales determinados cuya precaria situación los coloca en desventajas respecto de otros grupos.

7.7 Garantías sociales y Derechos Humanos

Garantías sociales y Derechos Humanos  Existe aquella concepción que concibe a los derechos humanos como conquistas culturales, asociada entonces a satisfacer las necesidades que en el devenir histórico de la humanidad se van generando. Así, los procesos evolutivos de las sociedades y todo lo que en ellos convergen, generan problemáticas nuevas que deben ser atendidas.  Los derechos humanos deben entonces evolucionar y ampliarse para cumplir su cometido principal y único: hacer posible la vida organizada para sobrevivir y vivir de la mejor manera posible. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 fue la primera en reconocer los derechos sociales en su texto, por lo que a nuestro país se le considera vanguardista de los derechos humanos de segunda generación. Los principales derechos sociales se encuentran contemplados actualmente en los artículos 2, 3, 4, 27, 28 y 123, y son:  Derecho a la Educación;  Derechos Agrarios;  Derechos Laborales;   Derec

6.5.2 Garantía de audiencia

Derecho de audiencia y debido proceso legal. Es el derecho que tiene toda persona para ejercer su defensa y ser odia, con las debidas oportunidades y dentro de un plazo razonable por la autoridad competente previo al reconocimiento.  

5.2 El concepto de propiedad

Definir la propiedad ha sido difícil pues no se ha tomado como base su elemento esencial si no que ha estimado las consecuencias jurídicas que de ella derivan y las movilidades aparentes que se presentan en comparación en los derechos personales o de crédito.

5.5 Clases de propiedad

-PROPIEDAD PRIVADA: Es constitucional a la reforma agraria y esta vigente desde la constitución de 1997. -PROPIEDAD SOCIAL: Las reformas de 1992 reafirma la prohibición del latifundio, otorgan mayor firmeza a la tendencia de la tierra. -PROPIEDAD COMUNAL: El antecedente mas remoto de la propiedad comunal son las tierras del Capulli que no pertenecía a nadie si no correspondía a la entidad. -PROPIEDAD ESTATAL: El estado o la nación es dueña del territorio de la república porque seria inconcebible un estado sin territorio,

5.8 La expropiación

Es un procedimiento administrativa de derecho publico en virtud del cual el estado unilateral mente y en ejercida de su soberanía, procede en contra de un propietario de un dueño legitima para adquirir un mueble.

5.9 Monopolios

No debe prohibirse a ninguna persona realizar una actividad económica ejecutada por un grupo privilegiado ya que se haría denegatoria la libertad de trabajo y por lo consiguiente, se privaría al sujeto de la retribución a las garantías justo derivada de su actividad

TEMA 4 GARANTÍAS DE LIBERTAD

4.1 Generalidades Se entiende como garantías constitucionales el conjunto de instrumentos procesales establecidos por la norma fundamental como objeto de restablecer el orden constitucional cuando el mismo sea transgredido por un órgano de autoridad política.   

4.4.6 Libertad de expresión

Art 7 Es inviable la libertad de difundir opiniones, información e ideas a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías y medios indirectos tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos,

GARANTÍAS DE IGUALDAD

La igualdad a través de la historia  Haciendo historia, nos retomamos a la antigua Grecia para encontrarnos lisis trata que en la obra de Aristoteles consiguió detener la guerra de Atenas y Esparta convocando una huelga sexual de las mujeres, de los soldados de ambos bandos, convirtiese desde entonces en un símbolo del esfuerzo organizando y pacifico por la paz. Mas tarde en la revolución Francesa, las personas marcharon hacia Wersales pidiendo " Libertad, igualdad, y fraternidad" Para exigir el acto femenino, aunque tardaría aun mucho obtenerlo. 

El concepto de garantías de igualdad

Las garantías de igualdad tiene como objeto evitar privilegios injustificados y colocar a todos los gobernados en la misma situación frente a la ley. La igualdad es considerado el trato igual en circunstancias iguales, consiste en evitar las distinciones que se hagan por raza, sexo, edad religión, profesión.

GARANTÍAS ESPECIFICAS

Todo individuo gozara de las garantías que otorga la constitución  Art. 1 En los estados unidos mexicanos todo individuo gozara de las garantías que otorga esta constitución, las cuales no podrán restringirse, ni suspenderse, si no en los cursos y en las condiciones que ella misma establece