PRECEPTOS CONSTITUCIONALES DE LAS GARANTÍAS QUE OTORGA LA CONSTITUCIÓN
Art. 1 Goce de todo individuo de las garantías que otorga la constitución
Art.2 Prohibición de la esclavitud
Art. 4 Igualdad de derechos sin distinción de sexo
Art.12 Prohibición de títulos de nobleza
Art.13 Prohibición de fueros
Por leyes privativas se entienden que son leyes que están designadas solamente a una sola persona y que después de ser aplicadas a esta misma desaparecen Y por su parte los tribunales especiales son los que han sido creados con un objetivo o por un solo caso y deja de existir cuando este termine o se resuelva
La propiedad privada presenta el carácter de un derecho publico subjetivo cuando pertenece al gobernado como tal y es oponible al estado y a sus autoridades, desde la expectativa de las personas so soberanas, si como entidades de imperio de autoridad.
En el articulo 13 constitucional esta estipulado que ninguna persona puede tener fuero ni gozar de prerrogativas salvo los que sean servidores públicos. Esta garantía consagra las demás garantías como son que nadie puede ser juzgado por tribunales especiales ni por leyes privativas
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