El articuo 27 Constitucional comprende entre otros aspectos los derechos sociales que protegen y aseguran el mejoramiento de las condiciones de la vida de las comunidades ejida y lo comunal en lo colectivo, así como el ejidatario.
Por leyes privativas se entienden que son leyes que están designadas solamente a una sola persona y que después de ser aplicadas a esta misma desaparecen Y por su parte los tribunales especiales son los que han sido creados con un objetivo o por un solo caso y deja de existir cuando este termine o se resuelva
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